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(Derecho a la comunicación)
Ley de Telecomunicaciones / Bolivia

De la legitimidad, legalidad

En el país donde hace 65 años las radios mineras nacieron para acompañar las luchas de los sectores populares, los medios comunitarios e indígenas transforman su legitimidad en legalidad. La Ley de Telecomunicaciones sancionada en 2011 rubrica ese reconocimiento y es una evidencia más de la capacidad de incidencia de los sectores sociales movilizados.


AMARC Bolivia cuestionó enérgicamente al gobierno del Presidente Evo Morales cuando el proyecto de Ley llegó a la Asamblea Legislativa sin ser presentado a la ciudadanía, y también valoró la incidencia social que alteró radicalmente la propuesta de administración del espectro radioeléctrico cuando la iniciativa fue sometida a la opinión pública. La reserva de 20% de las frecuencias para el «sector gubernamental» y 80% para el privado comercial le valió al proyecto original la calificación de «neoliberal» en una declaración pública de AMARC Bolivia y ERBOL. El proyecto modificado –y convertido en Ley– establece una distribución de las ondas radicalmente distinta. Otorga 33% del espectro al sector público, 33% al comercial, 17% al social comunitario y 17% a pueblos indígenas, originarios, campesinos, interculturales y afrodescendientes.

De hecho, los medios comunitarios e indígenas ya habían sido reconocidos en 2004, 2005 y 2007 por medio de decr etos supremos. Más tarde, la Constitución Política del Estado (CPE), promulgada en 2009 después de un inédito referéndum aprobatorio –logro culminante del proceso de cambio que vive Bolivia desde 2006– reafirmó el derecho a la información, a la comunicación y, puntualmente, a la comunicación comunitaria, cuya creación el Estado se compromete a apoyar en igualdad de condiciones y opor tunidades.

Julio de 2011 estaba marcado como el «plazo fatal» para la sanción de una Ley de Telecomunicaciones que asegurara la entrada en vigor de ciertas competencias de los niveles territoriales del Estado en relación a la regulación de los medios establecidas en la CPE. AMARC Bolivia y otras entidades gremiales del mundo de la comunicación demandaron al gobierno que el proceso de sanción de esa normativa se basara en un debate participativo y no en una decisión unilateral.

La Ley 164, promulgada en agosto de 2011, reúne en un solo cuerpo legal la regulación de las telecomunicaciones, las tecnologías de la información y el servicio postal. Sin embargo, se le cuestiona la falta de lineamientos que contemplen el próximo y complejo escenario de la radiodifusión digital.

Otras observaciones apuntan que la Ley deja escasos resquicios para la participación de la sociedad civil, amparada por el mandato constitucional a la espera de la sanción de una Ley de Control Social. Pero la Ley de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación se resguarda –en el artículo 110, inciso VI– de que el control social no retrase, impida o suspenda la ejecución o continuidad de planes, programas y proyectos.

Las propuestas de AMARC Bolivia para la reglamentación de la Ley, que está en marcha, se centraron en estos puntos. Fueron elaboradas en talleres que pusieron el texto de la Ley al alcance de las comunicadoras y comunicadores comunitarios, para que estén en condiciones de plantear sus ideas y observaciones. Representantes de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y T ranspor tes y el viceministro de Telecomunicaciones, Oscar Silva, ofrecieron aclaraciones durante los intercambios.

A las preocupaciones respecto a las restricciones a la participación social y la ausencia de regulación de la radio digital, se sumaron otras que las radios comunitarias esperan que sean tenidas en cuenta en la reglamentación de la ley. Primero, la conformación y la tendencia al centralismo en la Autoridad de Regulación y Fiscalización. Segundo, las cuotas de programación de producción nacional y el respeto de las lenguas de pueblos indígenas, dos puntos de gran relevancia para la representación de las identidades culturales originarias. En tercer lugar, la gestión de los recursos provenientes de las sanciones que estarían destinados a apuntalar el Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social (PRONTIS), que considera el acceso a Internet como un servicio básico.

Pero el énfasis de la propuesta de AMARC Bolivia para la reglamentación está puesto en los procedimientos para la adjudicación de frecuencias. «Asignación directa para el sector público, licitación para el sector comercial y concurso de proyectos para el sector social comunitario y de pueblos indígenas», propuso la red. Por el momento, el borrador de la reglamentación atiende a algunas de las sugerencias en relación a los medios comunitarios pero elude las que conciernen a los otros sectores. «Esto motivó una segunda carta que per mitió un nuevo encuentro con el Viceministro y sus asesores –dice Carlos Soria Galvaro, integrante de la mesa nacional de AMARC Bolivia– y podría decirse que el diálogo prosigue actualmente».

Las estructuras políticas y las mayorías parlamentarias no han sido tan permeables a las propuestas ciudadanas como era dable esperar . La iniciativa de AMARC de articular con instituciones académicas, organizaciones no guber namentales y hasta con la asociación de cooperativas telefónicas permitió plantear peticiones conjuntas y potenciar la capacidad de incidencia. Tras una ar dua labor colectiva de for mación y análisis –que continúa– Carlos Soria, también periodista de Radio Sur Agricultura, reconoce que «lo que se logró con la Ley de T elecomunica ciones demuestra que sí es posible incidir, sobre todo cuando se formulan propuestas razonables y se articulan platafor mas conjuntas».  •




 
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