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(Derecho a la comunicación)
Criminalización de la comunicación comunitaria / Chile

La ley maldita

La radiodifusión que opera sin licencia es una realidad en nuestro continente debido a regulaciones arbitrarias o discriminatorias hacia este sector y a burocracias que traban el acceso a permisos. Al mismo tiempo, al amparo de sus leyes, Chile criminaliza la transmisión sin autorización contraviniendo estándares de libertad de expresión.


Por Raúl Rodríguez, Juan Gómez Millas, AMARC Chile

Parece un mal chiste del destino, pero no es así. Conducir un automóvil sin licencia en Chile es una falta gravísima según la Ley de Tránsito. Por ello, el conductor arriesga una multa de entre 1,5 y 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), entre 120 y 245 dólares según dictamine el juez. La falta puede ocasionar accidentes en la vía pública con consecuencias impredecibles, incluso muertes, pero la sanción es insignificante si se la compara con las de la radiodifusión que opera sin licencia, sancionada con penas de cárcel que pueden llegar hasta los 5 años, confiscación de equipos y multas desde 5 a 300 UTM (entre 400 y 25 mil dólares).

Los casos se multiplican en Chile. Las denuncias amparadas en el artículo 36b, letra (a) de la Ley General de Telecomunicaciones –una modificación introducida en democracia a este cuerpo legal heredado de la dictadura en 1982– fueron setenta en el período 2005-2010, según información entregada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) a las licenciadas en Comunicación Social de la Universidad de Chile, Andrea Guerrero, María José Ortega y Ana Valenzuela, que recurrieron a la Ley de Transpar encia y Acceso a la Información Pública (2010).

Si bien estas denuncias muchas veces no llegan más que a presentarse, pues al momento de llegar la autoridad fiscalizadora no encuentra el lugar o no existen estudios o emisora funcionando, el grueso de ellas se da por interferencia de señal u operación de radio ilegal. En esos cinco años, quince radios comunitarias fueron perseguidas a través de la acción penal.

Kimche Mapu, «tierra de gente sabia»

Radio Galáctika, Sin Tierra, UV 15, Renacer, Conexiones, La Voz, Tentación, Felicidad, 24 y Kimche Mapu son algunas de las radios allanadas por la policía civil y/o uniformada, requisados sus equipos y detenidos sus comunicadores para comenzar un proceso judicial en la fiscalía correspondiente. De estos casos, la mayoría ha optado por la suspensión condicional del juicio a cambio de firma mensual y compromiso de no retomar las transmisiones por un año. Radio Sin Tierra (2009) y Tentación (2010), ambas de la Región Metropolitana, decidieron ir a juicio en defensa de la libertad de expresión y el derecho a la comunicación. En el primer caso, el juicio fue inter r umpido por problemas de salud del director de la emisora. En el caso de Tentación, cuando su responsable, Marcelo Núñez, llegó a la audiencia de formalización, la fiscalía ofreció firma mensual, devolución de equipos y permiso para transmitir contenidos comunitarios. Grata sorpresa, buen precedente, pero no apegado a derecho según la legislación chilena.

Uno de los casos más recientes afectó a la Agrupación de Radios Comunitarias de Lanco, en el valle Puquiñe Lumaco, Región de Los Ríos, donde operan las radios Estación , Malalhuey Kimche Mapu emplazadas en una zona geográfica con 75% de población rural indígena.

Radio Kimche Mapu no tiene concesión pese a haber hecho la tramitación para obtener una frecuencia cuando comenzó sus transmisiones en febrero de 2011. Está ubicada en una localidad apartada y es gestionada por una asociación indígena. La autoridad arguyó que no existen fr ecuencias disponibles ni concursos abiertos pues, luego de aplazarse por un año la aplicación de la Ley de Radios Comunitarias (2010), recién habrá llamados para concesionar frecuencias en 2013.

Desde que salió al aire, esta emisora ha sido per manentemente hostigada por la radio comer cial de la comuna, Radio Lanco, dirigida por el concejal Omar Santana, quien hizo la denuncia en tribunales amparado en el artículo 36B, letra (a). Después de la resolución de la fiscalía de dejar sin efecto el juicio por principio de oportunidad en contra de su directora Mireya Manquepillán (ver A puro ñeque, en esta revista), Santana ha vuelto a amenazar con presentar una recusación o la posibilidad de que otro particular inicie otro juicio bajo los mismos argumentos de operar sin licencia.

Chedungun, «e l hablar de la gente»

En conocimiento de esta situación que afectaba a Radio Kimche Mapu, Estación y Werken Kvrvf, AMARC reunió al Colectivo Editorial Mapuexpress, la Fundación Pro Bono y la Unión Sudamericana de Asociaciones de Corresponsales en la Misión de observación sobr e libertad de expresión en medios de comunicación y radios comunitarias mapuche, después de la cual solicitaron la urgente intervención de Relatores de libertad de expresión y pueblos originarios en defensa de estas emisoras.

La petición está en el informe de la Misión realizada en las regiones Araucanía y Los Ríos, al sur de Chile, del 25 al 27 de enero de 2012, que incluye también la preocupación por las comunicadoras mapuche y el fomento y preservación de la lengua mapudungun.

En la ocasión, desde Kimche Mapu se interpeló al equipo de la Misión y al alcalde de la comuna, Luís Cuvertino, para recurrir a instrumentos de derechos humanos –como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre derechos de los pueblos originarios– que garantizan la creación y desarrollo de medios de comunicación por las comunidades indígenas.

«La aplicación de una sanción penal es absolutamente incompatible con la Convención Americana» suscrita por Chile –señala el abogado y asesor jurídico de AMARC, Damián Loreti– si no se impiden los oligopolios o monopolios y existe una administración discrecional del espectro por parte de los Estados. Así también, la «Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado de modo prevalente el ejercicio del derecho a difundir, recibir e investigar informaciones y opiniones por cualquier medio –agrega Loreti– y la actividad radiodifusora sin autorización no debe ser tipificada como delito en la legislación penal».

La criminalización de la protesta social se incrementó por las movilizaciones educacionales en 2011 y el movimiento social de Aysén en el sur del país en el verano de 2012. En este contexto, la protección de periodistas y comunicadores es tan urgente como el ejercicio de comunicar, que no puede vulnerarse con leyes restrictivas con el argumento de resguardar el orden público (como pretende el proyecto del ministro del Interior «Ley Hinzpeter», que incluye la incautación de material gráfico y periodístico) ni con legislaciones que persigan a la radiodifusión comunitaria y local. Por el contrario, las legislaciones deben proteger a la comunicación comunitaria, para que no se repitan casos como el de Kimche Mapu, o el reciente de Radio Santa María de Coyhaique, objeto de hostigamiento y presiones de autoridades civiles y militares. Para que la existencia de las radios comunitarias no esté condicionada por la exigencia de inhibirse de infor mar o autocensurarse en su práctica informativa.  •




 
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