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Juicios y espacio público en Mexico

El 20 de julio del 2012 el gobernador de Veracruz, Javier Duarte, envió al congreso local una iniciativa de Código Electoral que impone restricciones injustificadas y sanciones a medios de comunicación en tiempos electorales. Entre las obligaciones se encuentra la necesidad de inscribirse en un registro y la entrega de un catálogo de tarifas publicitarias las cuáles serán las mismas para todos los partidos. La misma propuesta prohíbe a las organizaciones políticas contratar espacios en medios que publiquen mensajes en contra de cualquier otro partido, coalición o candidato.

Para la web ARTICLE 19[1] estas obligaciones son contrarias a las obligaciones internacionales en materia del derecho a la libertad de expresión, y si bien este no es un derecho absoluto y permite restricciones, se deben cumplir con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticas (PIDCP) y el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). Para la Corte Interamericana de Derechos Humanos solo se pueden imponer restricciones a la libertad de expresión con el fin de a) asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, y b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud. Estos son argumentos legales que vetarían el avance de la propuesta del gobernador de Veracruz debido a los compromisos y estándares internacionales asumidos por el Estado mexicano en materia defensa de los derechos humanos.

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